jueves, 29 de diciembre de 2016

CGT consigue que la Audiencia Nacional oblige a pagar y realizar los cursos de Prevención en la Jornada Laboral

En una sentencia que sin duda ha de sentar un importante precedente, dictada el pasado 23 de diciembre, la Audiencia Nacional, tras la pertinente demanda de CGT en la empresa Unisono, ha establecido que la práctica empresarial de impartir los cursos de prevención de riesgos laborales antes de la contratación y luego abonárselos solo a quienes superen el período de prueba es ilegal.
  
En esta empresa, al igual que en otras del sector, se había instaurado esta mala costumbre, que por una parte ahorra un tiempo que las empresas consideran "improductivo" y por otra discrimina gravemente a quienes no superen el período de prueba, que conforme a la ley deben disfrutar del mismo nivel de protección frente a los riesgos laborales que el resto de los trabajadores. Además, recordemos que asimismo la normativa vigente dice que las medidas de prevención no deben suponer coste alguno para los trabajadores/as.
  
Además, el lamentable silencio del que adolece el artículo 73 del Convenio de Contact Center acerca de la retribución de la formación previa, causa de la flagrante injusticia de que a muchos trabajadores/as les suponga un coste presentarse a un proceso de selección del que muchos/as no salen airosos/as, al mismo tiempo da pie a que las empresas que sí la pagan se precien incluso de estar haciendo poco menos que un favor y concediendo una generosa "limosna" a quienes finalmente superan el período de prueba dentro de la empresa, que es lo que la mayoría decide hacer en caso de retribuir esa formación. También parece que nos hacen un "favor" cuando nos dan "gratis" esa formación de prevención de riesgos laborales sin haber sido seleccionadas/os.
  
Nada más lejos de la realidad. Según la demanda preparada y trabajada por CGT en solitario y que con buen criterio la Audiencia Nacional ha aceptado en su totalidad, no se trata de un favor sino de un abuso que, por una parte, discrimina a quienes no superen el período de prueba y les hace asumir el gasto tanto en tiempo como en dinero de ese cursillo de prevención, y por otra genera un mayor tiempo productivo a favor de la empresa y en perjuicio de todos/as los que se someten a ese proceso.
  
Así pues, no podemos sino alegrarnos, felicitar a los trabajadores y trabajadoras de Unisono por este nuevo derecho reconocido en los tribunales, a los compañeros/as de CGT en Unisono por preparar esta demanda y a nuestro Gabinete Jurídico Confederal por este nuevo derecho conquistado.
SI LUCHAS PUEDES PERDER,
SI NO LUCHAS ESTÁS PERDIDO/A
CGT Telemarketing

No hay comentarios:

Publicar un comentario