miércoles, 23 de septiembre de 2015

Algo huele a podrido en AtoS IT


El 5 de marzo de este año, CCOO presentó el preaviso de Elecciones Sindicales en el centro de trabajo de Atos IT Solutions and Services SL en Tres Cantos.

El 7 de mayo se celebraron las elecciones, y según las actas de los resultados había 183 electores censados.

Pero, si nos fijamos en los datos publicados más arriba (que acabamos de sacar del Source), ahora mismo solo hay 7 trabajadores en el Centro de Trabajo de AtoS IT en Tres Cantos, y el grueso de trabajadores se encuentran en Madrid... ¿qué ha pasado aquí?


Ni que decir tiene que de cara al "proyecto de Fusión por Absorción de las sociedades Infoservicios S.A.U., Atos C y L Spain S.L.U., Desarrollo de Aplicaciones Especiales S.A., Mundivía S.A.U. y Atos IT Solutions and Services Holding Spain, S.L.U., en la sociedad Atos IT Solutions and Services Iberia, S.L." es muy distinto en lo que respecta a la Representación de los Trabajadores que el comité de AtoS IT sea de Tres Cantos o de Madrid. En este último centro de trabajo es dónde se encuentran la mayor parte de las empresas absorbidas, si el Comité de AtoS IT fuera de Madrid, aunque los representantes de las demás empresas continuarían con sus Derechos ya no formarían parte del Comité... quedaría sólo un Comité formado por los vendidos de AtoS IT.

Por otra parte leemos en el artículo 3, Ámbito territorial, del Convenio Colectivo de la empresa "Atos IT Solutions and Services Iberia, Sociedad Limitada" (firmado por CCOO y publicado el 4 de julio de 2015 en el BOCM) que: "La eficacia y obligatoriedad de este Convenio alcanza los límites territoriales del centro de Trabajo de Atos IT en la Comunidad de Madrid, quedando por ello afectados por el mismo todas las personas cuyas relaciones laborales se efectúen dentro de dichos límites, incluyendo a los trabajadores adscritos al mencionado centro de trabajo aunque desarrollen su actividad o estén desplazados en distinto lugar o centro de trabajo", osea que se refiere a un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, que tiene que ser Tres Cantos donde se celebraron las Elecciones, pero como hemos visto ahora parece que hay un nuevo centro de trabajo de AtoS IT en Madrid donde hay 230 trabajadores... ¿qué ha pasado aquí?
 

Y ya saliendo del ámbito de la Comunidad de Madrid donde la cosa queda confusa (¿cómo un comité de Empresa de ámbito local, Tres Cantos, puede firmar un convenio con ese ámbito ambiguo de la Comunidad de Madrid?) lo que está clarísimo es que a los trabajadores de AtoS IT que no pertenecen a los centros de Tres Cantos o Madrid, es decir los 107 restantes, NO se les puede aplicar este infame mierdiconvenio, lo contrario sería un fraude denunciable.

Para finalizar mencionaremos el asunto de "las certificaciones" que determinados clientes imponen para poder trabajar con ellos, misteriosamente han ido a parar a AtoS IT, a pesar de que algunas las tuvieran ya otras empresas del Grupo... ¿qué ha pasado aquí? Y la política que se está aplicando es la de que "como AtoS IT tiene la certificación y nosotros no, te tienes que pasar a AtoS IT"... aplicándote el mierdiconvenio claro está, pero como el Grupo es muy bueno te conservará dos o tres derechos de los que ahora tienes.

3 comentarios:

  1. Chanchullos con el comité de una sola de las empresas del grupo, un comité con presencia de un solo sindicato (CCOO) y que pertenece a un solo centro de trabajo, pero firmado para aplicarlo a un ámbito geográfico mayor.

    Después mover a los trabajadores de las otras empresas a la del chanchullo al amparo del artículo 44 del ET (Fusión por absorción).

    Esto más bien parece una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT), pero a lo bestia, a la fuerza y sin garantías. Para hacer una MSCT existe otro artículo del ET (como el 41) que regula el proceso, comprueba la idoneidad de la medida y garantiza los derechos de los trabajadores afectados.

    Pues todo junto suena a Fraude de ley:
    “Realización de un acto o negocio jurídico amparándose en una norma (ley de cobertura) con la finalidad de alcanzar ciertos objetivos, que, no siendo los propios de esa norma, sean además contrarios a otra ley (ley defraudada) o al ordenamiento jurídico.”

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  3. Más que algo, lo que huele mal es TODO, en AtoS Iow cosT
    Respecto al tema de las certificaciones, una empresa (cliente) que contrata servicios a otra, si exige una certificación (exigencias de calidad) a la contratada, ¿no debería ser una prioridad, la estabilidad de la plantilla y las condiciones de trabajo de la misma?, o por el contrario, “la pela es la pela” y con tal de rebajar la tarifa todo vale. Pues lo dicho, servicios Iow cosT.

    Beberly Hofstadter
    Díselo a Beberly

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